Hoy empezamos hablando de un momento fundamental en la Historia: la entrada de una nueva dinastía: Los Borbones.
Este momento incluye dos acontecimientos fundamentales comenzando por la Guerra de Sucesión.
El origen de este
conflicto es internacional. Las potencias europeas, Francia, Austria y
Gran Bretaña temían a la monarquía que se asentara en España, porque podría
aparecer un nuevo aliado. Con esta intención franceses e ingleses dirigirán su
política hacía este aspecto.
En 1701 Carlos II deja como sucesor a Felipe de Anjou,
nieto de Luis XIV. Ante el temor de una unión entre las Coronas francesa y
española, además de la ruptura de los compromisos españoles con América y
Flandes, impulsó a Gran Bretaña y Holanda a crear La Gran Alianza de La Haya.
El fin era plantear una guerra de sucesión y apoyar al archiduque Carlos.
Este carácter internacional pasa a convertirse en una
guerra civil cuando los enfrentamientos se produzcan en la península. De este
modo, la zona de Castilla apoyará a Felipe V , frente a la zona aragonesa que
apoyará a Carlos. La guerra tiene dos fases: 1º fase se desarrolla entre
1704-7: se acorrala a los defensores de la posición de Felipe V, llegando a
tomar Madrid. La 2º fase se abre en 1707 y acaba en 1713. en este momento el
bando defensor de Felipe V atacará.
El final de la guerra llegara con la PAZ DE UTRECH y los
ACUERDOS DE RASTATT. En estos acuerdos se trata de satisfacer a todas las partes
por igual, pero a costa de España. La Corona española pasa a los borbones; Gran
Bretaña recibe Terranova, Menorca y Gibraltar;
Austria obtiene el Milanesado, Flandes, Nápoles Y Cerdeña. En España el
final de la guerra causa la eliminación de los fueros aragones con los Decretos
de Nueva Planta.
La guerra de Sucesión trajo un cambio dinástico en España,
de los Austrias a los Borbones. De este modo, con los borbones asentados, se va
a llegar a cabo una política centrada en implantar un nuevo estado basado en el
absolutismo monárquico. La unidad y el centralismo son sus bases.
1º- La unificación: el modelo pactista desaparece. Se
derogan los fueros a través de los Decretos de Nueva Planta, sin embargo como
respuesta de la fidelidad en la guerra a Felipe V se mantendrán los fueros de
Navarra y las vascongadas.
Estos decretos acababan con la libertad política y
jurídica de la Corona de Aragón. A cambio se realizará una reforma
administrativa: las carac. básicas son:
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Aparece la figura del Capitán General para sustituir al
virrey. Es el delegado del poder y tiene atribuciones militares y burocráticas.
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Se establecen las audiencias y las chancillerías como
centros del poder jurídico.
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Se crea la figura del intendente para controlar las
finanzas. Es el administrador del ejercito, el recaudador de impuestos y
estudioso de los conflictos sociales.
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El espacio se divide en corregimientos, sustituyendo
las circunscripciones. A la cabeza se establece al corregidor. Las funciones
eran muy amplias y variadas: controlan la administración, las rentas, jueces.
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Se suprime el privilegio de extranjería que obligaba a
nombrar a los naturales de los reinos para ocupar los cargos de gobierno.
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Se implanta una contribución única o catastro. Este era
un impuesto global.
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Se elimina el Consejo de Aragón. Se integra en el de
Castilla.
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Desaparecen las Cortes de Aragón, se integran en las de
Castilla.
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Se impone el castellano como lengua oficial.
2º- La centralización
La centralización administrativa es clave en el nuevo
sistema político de los borbones. Se modificó el sistema de gobierno, pierden
peso los consejos a favor de las Secretarias de Despacho. Las carac. de los
órganos de gobierno van a ser estos:
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Se resta poder a los Consejos.
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El Consejo de Castilla mantiene una actividad
informadora y de elaboración de proyectos de ley. Además se constituye como
Alto Tribunal.
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El Rey dispone de un gabinete restringido formado por
los hombres que ocupan las Secretarias de Despacho.
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Hay cinco Secretarias: Estado, Marina, Guerra, Indias,
Hacienda y Justicia.
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Poco a poco van perdiendo importancia.
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Con Carlos III toma mayor importancia las reuniones de
Juntas de Secretarios de Estado y de Despacho.
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En 1787 se forma la Junta Suprema de Estado con
Floridablanca.